Capacidad de la persona de dominar, seleccionar, coordinar o inhibir los afectos, deseos o pulsiones a fin de que la conducta no perjudique el logro de una o más metas consideradas sumamente deseables.
Por requerir un aplazamiento de placeres y gratificaciones inmediatos, el autocontrol está clasificado por el psicoanálisis bajo la figura de la sublimación, a través de la cual se desplaza la meta de las propias pulsiones instintivas, cuya inmediata satisfacción se considera inferior a los valores socioculturales que se propone realizar. Para el conductismo, en cambio, el autocontrol está determinado, aunque no siempre de manera consciente, por el valor relativo de la recompensa y por lo tanto por la ventaja que el individuo puede obtener. Esta “ley de efecto relativo” permite al individuo autocompensarse tan pronto como está en posibilidad de introducir, entre deseo y satisfacción, la variable del tiempo, que permite, mediante la introducción de refuerzos, tolerar mejor el aplazamiento de la satisfacción y, en los casos más afortunados, modificar el ambiente externo de manera que lo haga más gratificante.