Funcionalidad de las partes en una relación recíproca. El término se utiliza en:
1] PSICOLOGÍA SOCIAL. Se habla de complementariedad: a] a propósito de la pareja (v.), cuando un miembro tiene lo que al otro le falta. Esta relación se distingue de la simétrica, en la que un miembro de la pareja es el espejo del otro. Cuando en una relación dual los miembros pretenden una relación que sea al mismo tiempo simétrica y complementaria, se establece una relación de doble vínculo (v.), caracterizada por señales incongruentes y contradictorias; b] dentro del grupo, donde la complementaridad, según la expresión de N.W. Ackerman, se ordena en una “forma minus”, que se manifiesta en la neutralización de los efectos desintegradores provocados por los conflictos, y en una “forma plus”, en la que se crean las condiciones para un crecimiento ulterior del grupo y de cada uno de los miembros que lo integran; c] en la relación individuo-sociedad, donde las instancias individuales que contrastan con las reglas sociales producen los procesos de acomodación que están en la base de la dinámica social.
2] PSICOLOGÍA DE LO PROFUNDO. En este ámbito se habla de complementaridad: a] en psicoanálisis, a próposito de la tendencia de las pulsiones de meta activa a asociarse con las pulsiones antité- ticas de meta pasiva (como el comer y el ser comido) típico de la edad infantil (v. pulsión, § 1 f); b] en psicología analítica, donde C.G. Jung habla de la complementariedad de consciencia e inconsciente, cuyas funciones tienden a compensarse mutuamente (v. compensación, § 3)
BIBLIOGRAFÍA: Ackerman, N. W. (1962); Eisenstein, V.W. (1956); Freud, S. (1905); Jung, C.G. (1947-1954)